Para el PRD no existe duda alguna de que el gobierno municipal en Sinaloa requiere de una reforma importante. Así lo hemos venido pl...
Para el PRD no existe duda alguna de que el gobierno municipal en Sinaloa requiere de una reforma importante.
Así lo hemos venido planteando desde hace varios años, tanto respecto a la integración del Cabildo como a su funcionamiento.
De manera que nos parece relevante que el tema aparezca por fin en la agenda del debate público sinaloense.
El actual sistema político municipal de Sinaloa se caracteriza por su presidencialismo, por lo que resulta obsoleto por antidemocrático.
Este sello presidencialista se imprime a los Ayuntamientos desde su propia integración.
Antes de la reforma de junio de 2001 a la Constitución Política estatal, este sistema contenía una excesiva sobrerrepresentación del partido del presidente municipal, independientemente del porcentaje de votos que obtuviera en las elecciones.
En 11 de los municipios sinaloenses la planilla ganadora tenía asegurado más del 63 por ciento del Cabildo, mientras que en los otros 7 se superaba el 64 por ciento, sin importar, insistimos, el porcentaje de votos obtenido por el partido o coalición triunfante.
La reforma constitucional local de junio de 2001, lejos de superar esta deformación, la agravó al crear la figura del síndico procurador de mayoría relativa.
Pero el priísmo se fue de paso al garantizarle al partido ganador, por minoritario que fuera, las dos terceras partes de los miembros del ayuntamiento en 14 de los 18 municipios del estado, algo que desde hace tiempo ya no está permitido ni para el partido con mayoría absoluta de diputados en el Congreso estatal.
En ese esplendor del poder absoluto municipal estamos en Sinaloa al iniciar la segunda década del siglo XXI.
Este porcentaje de integrantes de los cabildos resulta tan artificial que en las últimas elecciones locales de Sinaloa las planillas municipales ganadores no sólo estuvieron lejos de representar las dos terceras partes de la votación sino que, en general, obtuvieron menos votos que las planillas perdedoras.
Con mayorías así de holgadas como artificiales, el presidente municipal, cualquiera que sea su extracción política, tiene un amplio campo fértil para ejercer un poderío que los reglamentos, casi siempre impulsados por él mismo, se encargan de redondear.
En cuanto al funcionamiento interno de los Cabildos hay que decir que desde sus orígenes los Ayuntamientos consistieron en un órgano en el que convivían la cabeza de la administración municipal y los representantes populares.
Ello no fue obstáculo, sin embargo, para que los legisladores sinaloenses de la segunda mitad del siglo XIX y los revolucionarios de 1917 consagraran en la Constitución Política del Estado la separación de los poderes municipales.
Durante 61 años, de 1861 a 1922, en Sinaloa “competía a los Ayuntamientos el ejercicio del Poder Legislativo Municipal y correspondía al Presidente, Síndico y Comisario Municipales las funciones ejecutivas”.
Se trataba de un diseño institucional tan avanzado, por republicano, que incluso ahora, en los albores del siglo XXI, comienza a ganar terreno en el debate sobre el municipio mexicano.
El restablecimiento de esta forma de gobierno municipal, con las adaptaciones pertinentes a la actualidad, es una de las grandes reformas que le urgen al municipio sinaloense del siglo XXI.
En Sinaloa ya tuvimos la separación de los poderes municipales: podemos, debemos, tenerla en el futuro cercano.
La democratización de la integración y el funcionamiento internos de los Ayuntamientos es el tema central de la Reforma del Municipio sinaloense.
Por este rumbo debe encausarse el debate actual desatado por el nuevo titular del Ejecutivo del Estado y que este Poder Legislativo no debe dejar pasar de largo sin concluir con una reforma municipal progresista.